Siguiendo con lo expuesto sobre las medidas para mejorar la conciliación en el anterior post, vamos a tratar, a continuación, los beneficios que se obtiene a raíz de ella.

Recordamos que es la conciliación. Esta se refiere a equilibrar el desarrollo de las distintas responsabilidades que surgen del ámbito laboral, familiar y personal. Se trata de respetar todas las responsabilidades que una persona puede tener en los distintos espacios de su vida, permitiendo que puedan equilibrarse y llevarse a cabo de manera armoniosa.

Anteriormente hemos concluido que las dificultades para poder conciliar familia, ocio y trabajo son, por regla general, un rompecabezas continuo.

Pero, ¿Qué beneficios se derivan de ella?

Las medidas de conciliación reportan beneficios positivos tanto a empresas, personas como sociedad en su conjunto.

 

BENEFICIOS:

A NIVEL PERSONAL

  • Permite disfrutar de más tiempo y de una calidad mayor para dedicar tanto a la pareja, hijos o a uno mismo.
  • Facilita la organización de la vida laboral y familiar.
  • Comparte la carga de ser el sostenedor de la familia.
  • Da lugar a la posibilidad de liberar tiempo para dedicarlo a otro tipo de actividades.
  • Reduce el agotamiento de las mujeres dada la doble jornada laboral.

A NIVEL EMPRESARIAL

  • Facilita la igualdad entre mujeres y hombres.
  • Consigue incrementar la implicación y el compromiso de la plantilla.
  • Permite aumentar la productividad del trabajador.
  • Reduce el absentismo laboral.
  • Mejora las relaciones entre los trabajadores.
  • Reduce el estrés de los trabajadores.

 

Incorporar las políticas de conciliación no siempre supone un coste añadido para la organización, el coste depende de muchos factores y fundamentalmente de las medidas que se lleven a cabo.

En aquellas empresas que implementen las medidas de conciliación que supongan un coste, hay que recalcar que este coste será una inversión para la empresa, ya que serán compensados por unos beneficios que se observarán a medio plazo.

Facebook
Twitter
LinkedIn
En este artículo: