La igualdad entre mujeres y hombres, además de ser un derecho fundamental reconocido tanto en el orden internacional como en el nacional, constituye una necesidad estratégica de cualquier país para alcanzar una verdadera democracia y para construir una sociedad más justa, cohesionada y desarrollada social y económicamente.

Las Administraciones Públicas, en su calidad de empleadoras y responsables de la ejecución de las políticas públicas, deben ejecutar e impulsar las actuaciones necesarias en materia de organización de su personal a fin de dar cumplimiento al principio de igualdad efectiva entre mujeres y hombres, sirviendo, además, de modelo y ejemplo al resto de organizaciones, públicas y privadas, así como a la sociedad en su conjunto.

Por estas razones se realizan ciertas modificaciones en el procedimiento de Registro de los Planes de Igualdad y los respectivos Protocolos de Acoso sexual y por razón de sexo, de estas entidades, todo ello descrito en la Resolución del 16 de marzo de 2023, de la Secretaría de Estado de Función Pública.

PRINCIPALES CAMBIOS

  • Las Administraciones Públicas deberán adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres.
  • Las Administraciones Públicas aprobarán, al inicio de cada legislatura, un Plan para la Igualdad entre mujeres y hombres para sus respectivos ámbitos, a desarrollar en el convenio colectivo o acuerdo de condiciones de trabajo.
  • El Plan establecerá los objetivos a alcanzar en materia de promoción de la igualdad de trato y oportunidades en el empleo público.
  • Las distintas Administraciones públicas deberán remitir sus planes de igualdad, así como sus protocolos, al nuevo Registro de Planes de Igualdad, adscrito al departamento con competencias en materia de función pública.

Estas acciones tienen la finalidad de generar un mejor conocimiento, seguimiento y trasparencia de las medidas a adoptar por todas las Administraciones Públicas en materia de igualdad, conciliación, protección sobre el acoso sexual y por razón de sexo, etc.

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